La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgo Laborales establece que, para el desempeño de su puesto de trabajo, el trabajador debe estar formado sobre los riesgos inherentes al mismo, así como en el uso y manejo de los equipos de protección necesarios para la realización de sus tareas. Por tanto, se deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Entre las distintas disciplinas que requieren de formación especializada se engloban los denominados ‘trabajos en altura’.
¿Qué se entiende por trabajos en altura?
La normativa legal aplicable define como trabajo en altura aquel que es realizado por el trabajador a más de dos metros de altura.
Por tanto, dentro de esta definición de trabajos en altura podemos englobar las actividades de mantenimiento, reparación, montaje, construcción, etc, que se lleven a cabo a una altura mayor de la indicada y requieran del uso de equipos o maquinarias específicas para ello. A modo de ejemplo se pueden citar:
- Utilización de andamios.
- Plataformas Elevadoras Móviles de Personas (PEMP)
- Escaleras fijas, de mano, etc.
- Rescates verticales.
- Cubiertas planas e inclinadas.
- Torres, postes y antenas.
- Taludes y planos inclinados.
- Trabajos Verticales en suspensión.
- Trabajos sobre vehículos.
- Etc.
¿Cómo puedo garantizar la seguridad de los trabajos en altura?
La mayoría de los accidentes que pueden ocurrir durante la ejecución de trabajos en altura pueden venir motivados por dos principales factores.
Factores Humanos: entre los que se encuentran causas como las condiciones físicas del trabajador, las psicológicas (por ej. distracciones) o las formativas asociadas al desconocimiento por parte del trabajador de los riesgos, uso de procedimientos inadecuados, o desconocimiento del uso y manejo de las medidas preventivas y uso de equipos de seguridad.
Factores materiales: entre las que podemos destacar, deficiencia en los equipos de protección por mal mantenimiento de los mismos, fallos constructivos, carencia en las medidas de protección adoptadas, condiciones meteorológicas adversas, rotura en los elementos de sustentación, etc. Deben prevalecer las protecciones colectivas frente a las individuales y en caso de que éstas no sean posibles o eficaces, entonces se emplearán equipos de protección individual, pautando los más adecuados para el trabajo a realizar.
Como se ha mencionado anteriormente, una de las principales actuaciones para evitar los accidentes durante la ejecución de trabajos en altura (factores humanos) es la correcta formación/capacitación del personal que va ejecutar las tareas, tanto en la tarea en sí como en la utilización de los equipos de protección para garantizar el trabajo seguro.
¿Cómo debe ser la formación de los trabajadores en altura?
La formación en materia de seguridad en altura debe ser una formación teórica y práctica que permita al trabajador poder enfrentarse de manera eficaz y segura, a los riesgos derivados de los trabajos en altura, mediante el conocimiento y dominio de técnicas de acceso y posicionamiento.
Esta formación debe ser acorde al puesto de trabajo del trabajador e impartido por profesionales expertos en la materia y en instalaciones diseñadas para tal efecto, que garantice que la formación sea impartida de manera progresiva y en todo momento garantizando las condiciones las condiciones de seguridad de los alumnos.
Pero lo que es más importante, esta formación no debe entenderse como una capacitación puntual, sino que debe ser un programa de formación continuada durante la vida del trabajador estableciéndose un periodo de reciclaje, en la que se garantice que el trabajador esté siempre actualizado con respecto a la normativa que rige los equipos y EPIS necesarios para garantizar las condiciones de seguridad y en sus conocimientos necesarios para el desempeño de sus funciones.
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