Mediante los estudios acústicos analizamos y justificamos la viabilidad técnica que desde un punto de vista acústico medio ambiental una nueva planta industrial es factible, es decir, puede cumplir con los límites sonoros que le son requeridos por las Normas y/o Normativas.
Un estudio acústico de una nueva planta industrial no es un asunto trivial. Pueden existir diferentes niveles de ‘profundidad’ y de detalle para un estudio acústico en función de la fase en la que se encuentre el proyecto, detalle que, a buen seguro condicionará su coste final.
No obstante, esto no debe de ser una barrera para exigir que cualquier estudio acústico cumpla con los mínimos de contenidos y de calidad que el Reglamento de la Ley Nacional del Ruido (RD 1367/07), y cualquier Reglamento Autonómico actualizado en España (posterior al año 2017).
Tras más de diez años de aplicación en España del RD 1367/07 —el Reglamento de la Ley Nacional del Ruido—, documento fundamental y base para entender y aplicar los límites sonoros a una instalación y/o actividad industrial, hay significativas dudas técnicas en cómo aplicarlo en relación a estudios acústicos de nuevas instalaciones industriales y/o bien de retrofits (mejoras) y ampliaciones de actividades industriales existentes.
Estas dudas suelen empezar con la interpretación del significado de los niveles sonoros ambientales expresados a través de los parámetros Ld, Le y Ln que hacen referencia a los límites de Objetivos de Calidad Acústica (OCA en adelante), en cómo afecta a un nuevo proyecto conocer su estado‘pre operacional’, definido a partir del nivel sonoro residual (definición de la Norma UNE EN ISO 1996:2) o el denominado ruido de fondo.
Es importante entender qué expresan estos valores, tanto para aplicar de forma correcta el cumplimiento o superación de unos límites (conforme al RD 1367/07) pero, sobre todo, para entender su importancia a efectos de valoración de molestias sonoras y de niveles de contaminación acústica ambiental: es decir, tener empatía a la hora de analizar un ruido.
Una vez conocido el punto de partida acústico del entorno (que es requisito normativo valorarlo) será momento de valorar la emisión sonora de la actividad industrial y evaluar el cumplimiento de límites de inmisión sonora (artículo 25) y de los OCA (artículo 24). Excluimos de este análisis el efecto hacia espacios interiores de la edificación.
¿Cómo afrontar un nuevo estudio acústico?
A la hora de afrontar un nuevo estudio acústico debemos hacerlo desde las siguientes premisas:
- Conocer el estado acústico preoperacional del entorno
- Identificar las fuentes de ruido
- Seleccionar un modelo de cálculo para justificar valores
- Usar los mapas de ruidos como herramientas de análisis en la valoración de niveles sonoros en determinados receptores estratégicamente seleccionados a partir de los mismos
- Cómo debe ser el proceso de re-ingeniería acústica para condicionar el cumplimiento de los límites al cumplimiento de unas premisas de control de emisiones de la actividad sonora: en ubicación, en horarios de funcionamiento y/o en emisión máxima permitida de las mismas sobre un determinado entorno físico.
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